A partir del 1 de julio de 2026, la Secretaría de Movilidad (Semovi) ha implementado nuevas normativas obligatorias para la circulación de bicicletas eléctricas, bicimotos y monopatines motorizados en la Ciudad de México. Estas disposiciones buscan fortalecer la seguridad vial y regular el uso creciente de vehículos de movilidad personal en la capital.
Con la actualización al reglamento de tránsito, se ha introducido la categoría oficial de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE). Es fundamental que los propietarios verifiquen si su equipo cumple con los criterios técnicos para determinar si deben realizar el trámite de registro obligatorio ante las autoridades capitalinas.
¿Qué vehículos requieren matrícula y registro ante Semovi?
Para identificar si tu equipo debe contar con matrícula y permiso oficial, la Semovi ha establecido parámetros técnicos específicos. Un vehículo clasifica como VEMEPE si cumple con lo siguiente:
- Posee al menos dos ruedas.
- Cuenta con un sistema de aceleración autónomo.
- Tiene la capacidad de alcanzar velocidades superiores a los 25 km/h.
- Su motor presenta una potencia nominal de entre 250 W y 1 kW.
Por otro lado, aquellos dispositivos que no alcanzan estas especificaciones técnicas son considerados Vehículos Eléctricos Personales (VEP). Estos usuarios deben tramitar el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME) a través de la Plataforma de Vehículos de Movilidad Eléctrica Personal. Cabe destacar que las bicicletas de pedaleo asistido y los monopatines sin acelerador autónomo quedan exentos de esta regulación.

Guía paso a paso para el registro de tu vehículo eléctrico
El trámite de registro es totalmente gratuito. El proceso inicia de forma digital en el sitio web oficial de la Semovi y debe concluirse de manera presencial en los módulos de Control Vehicular para obtener:
- Matrículas oficiales.
- Documento de circulación vigente.
- Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME).
Fechas clave y sanciones por incumplimiento
Es importante que los propietarios regularicen su situación a tiempo para evitar multas de tránsito. Las fechas límite establecidas por las autoridades son:
- 1 de septiembre de 2026: Inicia la penalización por circular sin placas.
- 20 de noviembre de 2026: Comienzan las sanciones para las unidades adquiridas antes de julio que no hayan completado el registro.
Las multas por infringir estas nuevas disposiciones oscilan entre los 10 y 20 UMAs, lo que representa un costo de hasta 2,260 pesos mexicanos. Asegúrate de cumplir con la normativa a tiempo para evitar sanciones económicas.
aDB
