La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió y turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera, devuelta por el Senado de la República para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.
El ajuste realizado por la colegisladora modifica el Artículo Primero Transitorio, estableciendo que el decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026, y no al día siguiente de su publicación, como se contemplaba originalmente. Se precisan excepciones con fechas escalonadas para artículos específicos, a fin de garantizar una implementación ordenada:
- Artículo 86-A, fracción I, segundo párrafo: entra en vigor al mes siguiente del inicio de la vigencia.
- Artículos 86-A, fracción III; 106, fracciones V y VI; 107 y 145: entran en vigor tres meses después del inicio de la vigencia.
La reforma busca fortalecer el marco legal aduanero, mejorar la competitividad del país y combatir la evasión y elusión fiscal. Su aplicación impactará directamente en las 50 aduanas del territorio nacional, servidores públicos y actores del comercio exterior. El ajuste transitorio permitirá que la Agencia Nacional de Aduanas de México y el SAT actualicen sus plataformas tecnológicas y que los usuarios se capaciten en los nuevos procedimientos.
Trámite de comunicaciones
Durante la sesión, se dio cuenta de la solicitud del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes (Morena) para retirar su iniciativa sobre deducciones fiscales por gastos médicos derivados del alumbramiento, inscrita en la Gaceta Parlamentaria del 30 de septiembre de 2025.
Asimismo, se recibieron ocho iniciativas del Congreso de Nuevo León, turnadas a comisiones correspondientes:
- Justicia: reforma al artículo 246 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Salud: adiciones a los artículos 41 Bis 1, 41 Bis 2 y 212 de la Ley General de Salud.
- Gobernación y Población: creación de la “Tarjeta de Identificación Infantil”; reformas sobre uso y honores de la Bandera Nacional; modificación al artículo 280 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
- Asuntos Migratorios: adición a la Ley de Migración y reforma a la Ley Federal de Derechos.
- Educación: reformas a los artículos 7 y 17 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
La Mesa Directiva informó que, conforme a los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara, los turnos serán publicados en la Gaceta Parlamentaria.
